Compromisos de la empresa en materia de debida diligencia
En Unite, aplicamos la Ley alemana de debida diligencia en la cadena de suministro (LkSG), la Directiva sobre debida diligencia en materia de sostenibilidad corporativa (CSDDD) y la Directiva de informes de sostenibilidad corporativa (CSRD). Pese a que el tamaño de nuestra empresa no nos obliga formalmente a aplicar la LkSG, hemos decidido adoptarla de manera proactiva.
Para cumplir con los requisitos y alinear nuestra actividad con lo dispuesto en la ley, en 2024 implementamos el software osapiens para el análisis y la evaluación de riesgos. Además, las plantillas facilitadas por la firma legal Graf von Westphalen respaldan el proceso actual y permiten poner en marcha medidas preventivas y correctoras.
Gracias a la colaboración con osapiens, nos aseguramos de identificar cualquier mínimo riesgo para los derechos humanos y nos encargamos de ponerle solución con la inestimable ayuda de nuestros proveedores
René Heinrich, Sustainability Product Manager en Unite

Protocolo de aviso de irregularidades
Somos un partner responsable y de confianza. Por eso, si observas cualquier irregularidad que incumpla nuestras políticas o que infrinja la ley, puedes comunicarlo de forma anónima a través de nuestro canal de incidencias.
Gestión conjunta de la responsabilidad
En Unite, trabajamos con una red de proveedores locales. Por lo tanto, cada una de las filiales nacionales conecta a compradores y proveedores de dicho país. Se trata de una red de proveedores europeos que reduce de manera significativa los riesgos de vulneración de los derechos humanos en nuestra cadena de suministro de primer nivel.
Además, apostamos por principios como la equidad y la transparencia, que forman parte del Código de conducta que deben suscribir todos los socios comerciales de Unite.
Nuestro objetivo es establecer unas relaciones comerciales sostenibles que beneficien a todos los usuarios de nuestros servicios.
Al operar en 12 mercados europeos, supervisamos también las normativas vigentes en materia de cadenas de suministro en España, Reino Unido, Suiza, Francia y Países Bajos, entre otros, así como las directivas a nivel europeo.
Control de riesgos
Verificamos a los proveedores durante el proceso de alta y una vez al año tomando como referencia las categorías recogidas por la Ley LkSG. En caso de que surjan factores de riesgo elevados, analizamos la situación en detalle y tomamos medidas.
Examinamos los siguientes ámbitos:
- Trabajo forzoso
- Esclavitud
- Vulneración de la libertad de asociación
- Desahucio o desalojo forzoso
- Vulneración de las normas de seguridad laboral
- Uso de contaminantes orgánicos persistentes (COP)
- Contaminación perjudicial del suelo, agua y aire
- Retribución inadecuada
- Trabajo infantil
- Contratación de empresas de seguridad con riesgo de infracción
- Discriminación laboral
- Uso prohibido del mercurio
- Exportación de residuos peligrosos
En el ejemplo de la derecha, el proveedor obtiene una valoración global de 1,6. Además, se muestra la exposición al riesgo en las 13 categorías recogidas por la ley.
